¿Quiénes somos? 

 
  
La Red  Bien es promovida por el CIN y  reúne sistemáticamente cuatro veces al año a  los secretarios, directores, responsables de las Áreas de Bienestar de las universidades nacionales. 
Dicha red  es apoyada   desde el Programa de Apoyo a Políticas de Bienestar de la Secretaría de Políticas Universitarias.

 


Fundamento del trabajo en Red 

 
  
El trabajo en red nacional conlleva una interrelación con un propósito compartido, supone una acción común y coordinada desde la génesis de los proyectos y ejecución de los mismos, hasta su seguimiento y/o evaluación. Al mismo tiempo, posibilita la sinergia de recursos, el contar con más actores vinculados en un contexto de proximidad, confianza y compromiso supone una mayor movilización de recursos tangibles e intangibles. También democratiza prioridades, la presencia de todos los actores supone un proceso de construcción de la realidad a través de las distintas realidades priorizando democráticamente aquellos campos  de intervención que requieren mayor atención. Y además,  posibilita la adaptación más rápida a la realidad social, la horizontalidad de la red construye un modelo de trabajo ágil y dinámico capaz de adaptarse y responder a las necesidades de Bienestar de las universidades nacionales.  Creemos que la planificación de políticas creativas, anticipadas e innovadoras contribuye a generar condiciones de equidad en el acceso, permanencia y egreso de los estudiantes. 

 

 

 Objetivo general


  • Facilitar la articulación y el trabajo de las áreas de bienestar de las universidades nacionales con el fin de garantizar la mayor circulación de información y  recursos  disponibles,  socializando experiencias que contribuyan al trabajo cotidiano de manera productiva y eficiente  en cada una de  las universidades nacionales.

 

 

Objetivos Específicos


  • Contribuir  a generar  un recurso permanente de consulta y socialización para aquellos funcionarios que comienzan en la gestión.
  • Fortalecer  el diálogo, la discusión y el consenso colectivo de quienes deciden  e impulsan  políticas destinadas al bienestar universitario.
  • Conformar una agenda de trabajo en base a realidades y demandas de las universidades nacionales.
  • Planificar, diseñar, evaluar proyectos y  políticas de Bienestar Universitario.

 

 

Universidades e Institutos que integran el Sistema de Universidades Nacionales. 

 

Universidad Autónoma de Entre Ríos - UADER
Universidad de Buenos Aires - UBA
Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires - UNICen
Universidad Nacional Arturo Jauretche - UNAJ
Universidad Nacional de Avellaneda - UNDAV
Universidad Nacional de Catamarca - UNCA
Universidad Nacional de Chilecito - UNDEC
Universidad Nacional de Comahue - UNComa
Universidad Nacional de Córdoba - UNC
Universidad Nacional de Cuyo - UNCuyo
Universidad Nacional de Entre Ríos - UNER
Universidad Nacional de Formosa - UNF
Universidad Nacional de General Sarmiento - UNGS
Universidad Nacional de José C. Paz - UNPAZ
Universidad Nacional de Jujuy - UNJu
Universidad Nacional de la Matanza - UNLaM
Universidad Nacional de La Pampa - UNLPam
Universidad Nacional de la Patagonia Austral - UNPA
Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco - UNPSJB
Universidad Nacional de La Plata - UNLP
Universidad Nacional de La Rioja - UNLR
Universidad Nacional de Lanús - UNLa
Universidad Nacional de Lomas de Zamora - UNLZ
Universidad Nacional de Luján - UNLu
Universidad Nacional de Mar del Plata - UNMDP
Universidad Nacional de Misiones - UNaM
Universidad Nacional de Moreno - UNM
Universidad Nacional de Quilmes - UNQ
Universidad Nacional de Río Cuarto - UNRC
Universidad Nacional de Río Negro - UNRN
Universidad Nacional de Rosario - UNR
Universidad Nacional de Salta - UNSA
Universidad Nacional de San Juan - UNSJ
Universidad Nacional de San Luis - UNSL
Universidad Nacional de San Martín - UNSAM
Universidad Nacional de Santiago del Estero - UNSE
Universidad Nacional de Tierra del Fuego - UNTDF
Universidad Nacional de Tres de Febrero - UNTref
Universidad Nacional de Tucuman - UNT
Universidad Nacional de Villa María - UNVM
Universidad Nacional de Villa Mercedes - UNVIME
Universidad Nacional del Chaco Austral - UNCAUS
Universidad Nacional del Litoral - UNL
Universidad Nacional del Nordeste - UNNE
Universidad Nacional del Noroeste de la Pcia. Buenos Aires - UNNOBA
Universidad Nacional del Oeste - UNO
Universidad Nacional del Sur - UNaSur
Universidad Tecnológica Nacional - UTN
Universidad Pedagógica de la Pcia. de Buenos Aires - UNIPE


Instituto de Educación Superior del Ejército - IESE
Instituto Universitario Nacional de Arte - IUNA
Instituto Universitario Aeronaútico - IUA
Instituto Universitario de la Policía Federal - IUPFA
Instituto Universitario Naval - INUN
Instituto Universitario de Seguridad Marítima 
Instituto Universitario de Gendarmería Nacional 

 

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Líneas de trabajo 

  
Becas 
Boleto estudiantil 
Comedores 
Deporte 
Discapacidad 
Guarderías 
Portal RedBien 
Salud 
Turismo 
Universidades seguras 
Voluntariado

 

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Red de Bienestar y Asuntos Estudiantiles 

 

Reglamento de la Red


Artículo 1º: Serán fines de la RED:  a) Promover acciones de bienestar universitario que tiendan a la igualdad de oportunidades, con el objeto de fortalecer la construcción de una Universidad democrática y solidaria. b) Generar entre las universidades relaciones de solidaridad y cooperación para el fortalecimiento de las políticas de bienestar en todas las instituciones. c) Implementar o articular políticas de bienestar con otras instituciones Nacionales, Provinciales, Municipales y Privadas por delegación del Comité Ejecutivo del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) o de acuerdo a sus instrucciones. d) Contribuir al desarrollo académico y cultural de la Comunidad Universitaria.  e) Estimular la capacitación y el entrenamiento de los recursos humanos en temas propios de la RED mediante la formulación de un programa general con intervención de las Universidades. 

 

Artículo 2º: Serán miembros de la RED las Instituciones Universitarias integrantes del CIN y que manifiesten su adhesión a la misma mediante Resolución.  

 

Artículo 3º: Cada miembro de la RED será representado en el Plenario por quien designe la Universidad, mediante resolución de Rector o del Consejo Superior, según corresponda. 

Artículo 4º: El Plenario se reunirá, al menos, dos veces al año en sesión ordinaria, pudiendo llamarse a sesión extraordinaria por la Comisión Ejecutiva o a pedido de al menos un tercio de sus miembros. Al menos una de esas reuniones, ordinaria o extraordinaria, será convocada por el C.E. del CIN  y presidida por el Rector que ocupe la Presidencia de la Comisión de Extensión.

 

Artículo 5º: Para poder sesionar, el Plenario requerirá de la presencia de la mitad más uno de sus miembros y los acuerdos serán aprobados por la mayoría simple de los asistentes.  

 

Artículo 6º: El Plenario será representado por una Comisión Ejecutiva que estará constituida por siete miembros y un Coordinador, elegidos por el Plenario de la RED por el término de un año, pudiendo ser reelectos.  

 

Artículo 7º: son funciones del Plenario de la RED: a) Proponer los objetivos específicos a desarrollar por la RED. b) Elaborar el plan de actividades, que será sometido a aprobación del C.E. del CIN. c) Elegir anualmente a los miembros de la Comisión Ejecutiva y su Coordinador. d) Constituir grupos de trabajo entre sus miembros.e) Elevar a consideración del CIN el informe semestral de las actividades antes de su Plenario ordinario.  f) Efectuar el seguimiento de los objetivos de la RED. 

 

Artículo 8º: La funciones y Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de la RED y su Coordinador se establecen por separado.

 

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Red de Bienestar y Asuntos Estudiantiles 

 

Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva

 

Artículo 1°:  La RED será representada por una Comisión Ejecutiva la cual estará constituida por siete miembros titulares y un Coordinador, elegidos indivualmente por mayoría simple en Plenario, los que durarán en su función un año o hasta la designación de sus reemplazantes. Se elegirá en primer lugar al Coordinador y posteriormente a cada uno de los miembros de la Comisión Ejecutiva. 

 

Artículo 2°:  La Comisión Ejecutiva requerirá de la presencia de  cinco de sus integrantes para sesionar. Los acuerdos serán tomados preferentemente por consenso. En caso de no ser posible, se tomarán por mayoría simple de los asistentes.

 

Artículo 3º: La Comisión Ejecutiva se reunirá en sesión ordinaria como mínimo tres veces en el período comprendido entre el 1º de febrero y el 30 de diciembre de cada año, no obstante se podrá convocar a reunión extraordinaria cuando la urgencia del tema así lo requiera. 

 

Artículo 4º:  En cada reunión ordinaria se establecerá la fecha de la próxima reunión, de no ser así, se convocará con una antelación de por lo menos siete días corridos. Las reuniones extraordinarias de Comisión Ejecutivas serán convocadas por el Coordinador cuando por la naturaleza del tema lo juzgue necesario o cuando sean requeridas por al menos tres integrantes de la Comisión Ejecutiva. Dicha convocatoria deberá realizarse con una antelación de por lo menos siete días corridos, enviando el temario correspondiente. 

 

Artículo 5°: Son funciones de la Comisión Ejecutiva de la RED: a) Programar y ejecutar las políticas establecidas por el Plenario. b) Diseñar programas de acción y efectuar su seguimiento. c) Elaborar y poner a consideración del Plenario la memoria semestral de actividades. d) Convocar a las reuniones ordinarias y extraordinarias del Plenario y preparar el orden del día correspondiente. e) Llevar actas de sus reuniones y las del Plenario.

 

Artículo 6°: Corresponderá al Coordinador de la Comisión Ejecutiva: a) Convocar a las reuniones de la Comisión Ejecutiva; b) Presidir las sesiones de la Comisión Ejecutiva; c) Proponer las votaciones y proclamar sus resultados; d) Autenticar con su firma todos los actos, resoluciones y procedimientos de la Comisión Ejecutiva; e) Convocar a reunión extraordinaria; f) Actuar como representante de la RED ante el C.E. del CIN. Podrá representar la RED ante otros organismos públicos o privados de acuerdo a las instrucciones recibidas del C.E. del CIN. g) Presidir los Plenarios y dirigir los debates, salvo el que se corresponda con lo establecido en el art. 3º del Ac. Pl. Nº 599/06 del CIN. h) En caso de ausencia del Coordinador a una reunión de Comisión Ejecutiva o del Plenario, se elegirá entre los miembros presentes un reemplazante que realice sus funciones en esa ocasión.